Certificado de amianto

Certificado de amianto en Cataluña

Desde el 3 de octubre de 2026, quien vende o alquila en Cataluña un inmueble construido antes de 2002 tiene que entregar al comprador o al inquilino un certificado que diga si hay amianto a la vista, en qué estado está y qué riesgo supone. Lo exige la Llei 8/2026 de erradicación del amianto. Lo hacemos en la misma visita del certificado energético.

Quién lo necesita y cuándo

Lo pide el artículo 21 de la Llei 8/2026, de 2 de julio, en vigor desde el 3 de octubre de 2026. Afecta a cualquier inmueble —vivienda, local, oficina o edificio— construido antes de 2002, el año en que se prohibió vender materiales con amianto.

  • Si vendes, se lo entregas al comprador.
  • Si alquilas, se lo entregas al inquilino.
  • Cuándo: antes de firmar el contrato. Para anunciar el inmueble no hace falta.
  • Aunque esté reformado. Cuenta el año de construcción, no las obras.

No lo confundas con el certificado energético: son dos documentos distintos y, en una venta o un alquiler, te van a pedir los dos. Por eso tiene sentido hacerlos juntos.

Lo que no es: no impide vender ni alquilar

Habrás leído que «ya no se puede vender ni alquilar sin el certificado de amianto». No es así, y lo dice la propia Agència de Residus de Catalunya.

  • Que aparezca amianto no bloquea nada. Según la Agència, que el certificado detecte elementos con amianto «no impide, en ningún caso, la compraventa o el arrendamiento». Es un documento informativo.
  • La ley no dice que la venta sea nula sin él. Lo que establece es el derecho del comprador o del inquilino a recibirlo, y este puede renunciar.
  • No entregarlo es una infracción leve (artículo 53). Las sanciones propias de la ley se aplicarán cuando se apruebe el reglamento que la desarrolla.
  • Y consta en el Registro. La ley pide que la certificación figure en el Registro de la Propiedad cuando se transmite la finca.

Lo sensato es tenerlo antes de firmar: es una visita corta, es barato y evita discusiones en la notaría.

Qué se mira en la visita

Lo firma un técnico competente —arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero— después de visitar el inmueble. Mientras no se apruebe el reglamento, la inspección es solo visual: no se hacen catas, ni se toman muestras, ni hay análisis de laboratorio.

Dónde suele aparecer en una vivienda antigua

  • Placas onduladas de fibrocemento, la «uralita», en cubiertas y cobertizos.
  • Bajantes, conductos, depósitos de agua y jardineras de fibrocemento.
  • Losetas vinílicas de suelo y algunos revestimientos.
  • El aislamiento de tuberías y de calderas o calentadores antiguos.

Qué dice el certificado

Identifica el inmueble y al técnico, recoge el resultado de la inspección y, si hay elementos que pueden contener amianto, su estado de conservación y el riesgo que suponen para las personas. Sigue el modelo que ha publicado l'Agència de Residus mientras llega el reglamento, y se limita a lo que se ha podido ver y a lo que era accesible.

Si vendes o alquilas un piso, un local o una oficina, el certificado es solo de ese inmueble, no de las zonas comunes del edificio.

Cuánto cuesta

120 €

El certificado de amianto solo

Visita, inspección visual y certificado firmado.

+50 €

Con el certificado energético

Es la misma visita: pagas el energético y 50 € más por el de amianto.

IVA incluido. El certificado energético va de 90 a 170 € según el inmueble: mira los precios.

Preguntas frecuentes

Mi piso es de 2005. ¿Lo necesito?

No. La obligación es solo para los inmuebles construidos antes de 2002, que es cuando se prohibió vender materiales con amianto.

Lo he reformado entero. ¿También?

Sí. Cuenta el año en que se construyó el inmueble, no las reformas. Si la reforma retiró el amianto, la documentación de esa retirada ayuda a hacer el certificado, pero no lo sustituye.

¿Lo necesito para anunciar el piso?

No. Hoy basta con tenerlo antes de firmar la compraventa o el contrato de alquiler.

Mi edificio sale en el censo de amianto del ayuntamiento. ¿Me sirve?

No. La información del Cens català de materials amb amiant no sustituye el certificado.

Voy a heredar o donar un piso. ¿Me lo piden?

La ley habla de vender y de alquilar. Herencias, donaciones y adjudicaciones no están en el artículo que lo exige.

¿Y las zonas comunes del edificio?

Si vendes o alquilas un piso, un local o una oficina, el certificado se refiere solo a ese inmueble: no tiene que cubrir la cubierta, la fachada ni las bajantes del edificio.

¿Cuánto tiempo vale?

La norma no le ha puesto fecha de caducidad. Sirve para alquileres sucesivos mientras no haya obras en el inmueble.

Fuentes: Llei 8/2026, de 2 de juliol, de l'erradicació de l'amiant y las preguntas frecuentes de l'Agència de Residus de Catalunya (actualizadas el 5 de octubre de 2026). Revisado el 6 de octubre de 2026: el reglamento que desarrollará la ley puede cambiar algunos detalles.

¿Vendes o alquilas un inmueble anterior a 2002?

Te hacemos el certificado de amianto y, si lo necesitas, el energético en la misma visita. Te cerramos el precio por escrito antes de ir.